martes, 23 de abril de 2013

¿Cómo tributan los dividendos en la Declaración de la Renta?

Los dividendos tributan como rendimientos del capital mobiliario en la base imponible del ahorro de la Declaración de la Renta, es decir, tributan según la siguiente escala:
  • Si el rendimiento es inferior a 6.000€, los dividendos tributan al 21% en la Declaración de la Renta.
  • Si el rendimiento es de entre 6.000€ a 24.000€, los dividendos tributan al 25% en la Declaración de la Renta.
  • Para rendimientos superiores a 24.000€, los dividendos tributan al 27% en la Declaración de la Renta.
 
Se deberá imputar el importe recibido por dividendos en la casilla 024 Dividendos y demás rendimientos por la participación en fondos propios de entidades” del Programa PADRE.
 

¿Y si los dividendos están en otra divisa?

Es común que el dividendo que reciba el contribuyente sea en dólares, libras o cualquier otra divisa y que tenga que tributar por ellos en la Declaración de la Renta.
En este caso, el contribuyente tendrá que declarar por los dividendos cobrados al tipo de cambio en Euros del día de cobro de los mismos en la Declaración de la Renta. 
 

¿Están exentos los dividendos?

Según el artículo 7 de la ley del IRPF si el importe obtenido directamente por el contribuyente en concepto de dividendos es inferior a 1.500 euros estarán exentos en la Declaración de la Renta.
 
Debemos tener en cuenta que esta exención no se aplicará a:
  • Los dividendos que sean distribuidos por instituciones colectivas (IIC).
  • A los dividendos y participaciones en beneficios de valores o participaciones adquiridas dentro de los dos meses anteriores a la fecha en que aquéllos se hubieran satisfecho.
En la modalidad conjunta, el límite de la exención también es de 1.500 euros; no se multiplica esta cantidad por el número de miembros de la unidad familiar perceptores de dividendos.
Pero si la cuenta de valores es entre varías personas, al hacer la Declaración de la Renta en modalidad individual, cada uno de los contribuyentes tiene exentos los 1.500€ primeros de los dividendos. Esto supone una ventaja fiscal para el contribuyente.
 
 
Las primas de asistencia a juntas, las participaciones en los beneficios de una entidad o los demás rendimientos procedentes de cualquier clase de activos también tendrán la misma fiscalidad que los dividendos.
 
Por último, nos gustaría recordar que la fiscalidad para la comprar - venta de acciones durante el ejercicio 2013 y siguientes se ha modificado, y que las plusvalías con periodo de generación inferior al año tributarán en la base imponible general, junto con los rendimientos del trabajo y aplicando la escala progresiva que corresponde a la base general.
Fuente: Rankia

Comparativa Mejor tarifa ADSL + móvil abril 2013

Tras unos días en los que los operadores de telefonía no paran de modificar y reducir sus tarifas para convertirse en la mejor tarifa móvil + ADSL, os ofrecemos una comparativa con las mejores tarifas móviles + ADSL. 

Mejor tarifa ADSL+ móvil Movistar

  • Fijo. 49.90€/mes, cuota de línea incluida (13.97€). Máxima velocidad permitida por tu línea. 500 min llamadas a móviles nacionales los fines de semana y 50 min entre semana. 
  • Móvil. 500 min a móviles y fijos nacionales. 1GB a máxima velocidad. Sms ilimitados.

Mejor tarifa ADSL+ móvil Vodafone

  • Fijo: 35€/mes, cuota de línea incluida (15€). 2 meses gratis de Módem USB + 3 días gratis al mes. 1.000 min en llamadas a móviles Vodafone (durante un año). 3.000 min al mes a fijos nacionales y 350 min/mes a móviles nacionales. Fines de semana a cualquier operador.
  • Móvil: Llamadas y sms gratis. 1.5GB a máxima velocidad

  • Fijo: 40€/mes, cuota de línea incluida (15€). 2 meses gratis de Módem USB + 3 días gratis al mes. 1.000 min en llamadas a móviles Vodafone (durante un año). 3.000 min al mes a fijos nacionales y 350 min/mes a móviles nacionales. Fines de semana a cualquier operador. Precio si se contrata online 33.75€/mes.
  • Móvil: 250 min gratis. 1.000 smsm incluidos. 1GB
  • Fijo: 50€/mes, cuota de línea incluida (15€). 2 meses gratis de Módem USB + 3 días gratis al mes. 1.000 min en llamadas a móviles Vodafone (durante un año). 3.000 min al mes a fijos nacionales y 350 min/mes a móviles nacionales. Fines de semana a cualquier operador. Precio si se contrata online 41.25€/mes.
  • Móvil:  Llamadas y sms ilimitadas. 1.5GB

Mejor tarifa ADSL+ móvil Orange

  • Fijo: 35€/mes, cuota de línea incluida. Máxima velocidad admitida por tu línea hasta 20MB. Llamadas gratuitas a fijos nacionales. 150 min a móviles nacionales. 1.000 min/mes a un máximo de 5 móviles Orange contratando "Números favoritos de Orange". 
  • Móvil: 150 min/mes a operadores nacionales a 150 destinos diferentes en un mismo mes. Resto de llamadas a 0.09€/min. 1.000 min/mes entre móviles Orange activando el servicio "Entre nosotros". 300 MB a máxima velocidad. Superados estos megas se reduce la velocidad a 64kb/s. 
  • Fijo: 45€/mes, cuota de línea incluida. Máxima velocidad admitida por tu línea hasta 20MB. Llamadas gratis a fijos nacionales. 1.000 min/mes a móviles nacionales. 1.000 min/mes a un máximo de 5 móviles Orange por 0€. 300 min/mes a fijos internacionales de 60 destinos.
  • Móvil: Llamadas ilimitadas a operadores nacionales a 150 destinos diferentes en un mismo mes. 1.000 sms gratuitos1GB a máxima velocidad. Superados estos megas se reduce la velocidad de acceso en bajada a 64kb/s. 

Mejor tarifa ADSL+ móvil Jazztel

  • Fijo: 34.90€/mes. Cuota de línea incluida. Máxima velocidad admitida por tu línea hasta 30MB. Llamadas a fijos nacionales gratis.
  • Móvil: 100 min a operadores nacionales. 100MB
  • Fijo: 44.90€/mes. Cuota de línea incluida. Máxima velocidad admitida por tu línea hasta 30MB. Llamadas a fijos nacionales gratis. 60min gratis a móviles nacionales.
  • Móvil: 300 min a operadores nacionales. 500MB
  • Fijo: 49.90€/mes. Cuota de línea incluida. Máxima velocidad admitida por tu línea hasta 30MB. Llamadas a fijos nacionales gratis. 60min gratis a móviles nacionales.
  • Móvil: 600 min a operadores nacionales. 1GB
Fuente: Rankia

¿Qué tipos de seguro de coche puedo contratar?

Contratar un seguro para el vehículo no es una tarea fácil pues existen diferentes tipos de seguros de cocheHay que tener presente que contratar un seguro de coche es obligatorio para poder circular, por lo que el usuario deberá escoger aquel que mejor se adapte a sus necesidades.

¿Qué es una póliza?

Una póliza es aquel documento en el cual se reflejan las condiciones que regulan el seguro del coche quedando establecidas todas las coberturas y supuestos que la aseguradora garantiza en caso de accidente, además de las indemnizaciones y los datos personales o información sobre el vehículo necesarios para fijar el seguro del coche.
Por tanto, a la hora de contratar un seguro del coche la pregunta que debemos plantearnos es ¿qué tipo de seguro necesita mi coche? Pues no todos los asegurados tienen las mismas necesidad ya que hay quien necesita una cobertura mínima, porque percibe un riesgo de siniestro muy bajo, hay quien opta por asegurar por completo su recién estrenado vehículo o, por el contrario, otros prefieren una cobertura intermedia sea cual sea su razón.

Tipos de seguro de coche

Entre los diferentes tipos de seguro de coche podemos encontrar las siguientes coberturas:
  • Seguro de coche a Terceros
  • Seguro de coche a Terceros Ampliado
  • Seguro a todo Riesgo
  • Seguro a todo Riesgo con Franquicia

Seguro de coche a Terceros

El seguro de coche a Terceros garantiza los menoscabos materiales y personales que el conductor perpetre a un tercero. Los daños sufridos en el vehículo del asegurado no quedan cubiertos.
El seguro de coche a Terceros seguro viene cubierto por el seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio y complementado por el seguro de Responsabilidad Civil Voluntaria.

Seguro de coche a Terceros Ampliado

El seguro de coche a Terceros Ampliado complementa con otras garantías atractivas para el usuario al seguro de coches a Terceros. Por lo que el seguro de coche a Terceros Ampliado permite contratar coberturas adicionales como pueden ser robo, incendios, o lunas, entre otros.

Seguro de coche a Todo Riesgo

El seguro de coche a Todo Riesgo recoge todas las coberturas que ofrece el seguro de coche a Terceros y el seguro de coche a Terceros Ampliado además de la cobertura denominada Daños Propios, es decir, cubre todos los daños materiales y personales posibles tanto a terceros como a los propios ocupantes del vehículo culpable del accidente.
El seguro de coche a Todo Riesgo es, por excelencia, la modalidad más amplia y cara ya que cuenta con ventajas adicionales como por ejemplo, el vehículo de sustitución.

Seguro de coche a Todo Riesgo con Franquicia

El seguro de coche a Todo Riesgo con Franquicia es un seguro de responsabilidad compartida, esto es, se fija una cantidad determinada, llamada franquicia que corre a cargo del asegurado y al que se le aplica la cobertura Daños Propios. Por ello la aseguradora solo ha de pagar la diferencia entre los deterioros sufridos y la cuantía de la franquicia.
El seguro de coche a Todo Riesgo con Franquicia es la más económica, pero no es apropiada para los conductores que tengan siniestros leves.

Conclusión de los diferentes tipos de seguro de coche

Es importante tener presente que cada compañía establece sus pólizas según sus criterios, por lo que variarán dependiendo de la aseguradora. A la hora de contratar un seguro de coche es necesario consultar con ésta cualquier duda y leer detenidamente qué es aquello que se va a contratar sin exceder las necesidades de cada uno.
Fuente: Rankia

Ventajas SICAVs

Una SICAV es una herramienta de inversión flexible de gestión discrecional, el cual permite acceder a gran variedad de instrumentos financieros y a su vez, beneficiarse de las ventajas fiscales de una Institución de Inversión Colectiva (IIC). 
Las sociedades de inversión mobiliaria (SICAV) se difererencian de los fondos de inversión en que los primeros son simplemente un patrimonio en el cual cada ahorrador se convierte en un partícipe de dicho fondo. Sin embargo, las SICAV son sociedades anónimas y los ahorradores que aportan su dinero se convierten en accionistas. Las SICAV pueden autogestionarse o encargar su gestión a una sociedad gestora de instituciones de inversión colectiva (SGIIC). 
Suelen considerarse un vehículo de inversión de banca privada, es decir, orientadas a grandes patrimonios. Las acciones de las SICAV pueden negociarse en bolsas de valores o se puede invertir en ellas mediante un procedimiento similar a la suscripción y reembolso de fondos de inversión. 

Principales Ventajas


 

Gestión

  • Recursos: capacidad de análisis global. 
  • Flexibilidad: acceso a los principales mercados nacionales e internacionales, tanto a través de contado como de derivados. Además, permite la modificación de la orientación de la inversión y del tipo de activos con mínimo impacto fiscal.
  • Gestión activa: gestión activa con niveles de inversión dinámicos.
  • Control de riesgos y diversificación
  • Control político y estratégico del inversor.

Personalización: perfil de riesgo

Las carteras se diseñan y adaptan en base a distintas características de riesgo y rendimiento esperado por cada cliente. Estrategia de inversión a medida. 
Existen carteras de perfiles muy diferentes, desde muy conservadoras hasta muy agresivas. Cada cliente define su índice de referencia (benchmark) y éste es revisado periódicamente. 

 

Simplicidad

Operativa: Gestión delegada. El equipo gestor toma las decisiones de inversión en función de los criterios definidos sin necesidad de firma de órdenes por parte del cliente. 
Administrativa: el accionista de la SICAV tan sólo contabiliza y "fiscaliza" las compras de las SICAV. 

 

Optimización Fiscal 

La SICAV tributa al 1% por las plusvalías netas obtenidas. Vehículo que permite planificar fiscalmente: 
  • Las plusvalías del titular no tributan hasta la venta de las acciones. 
  • Las plusvalías se pueden compensar. 

 

Liquidez

Posibilidad de comprar o vender las acciones en cualquier momento, dado que la SICAV cotiza en el MAB.
Se puede obtener financiación, mediante la pignoración de las acciones del cliente en la SICAV. 

Tesorería

La sociedad podrá incrementar  o disminuir hasta 10 veces su capital inicial, lo que permite gestionar excedentes o necesidades de tesorería.

Tributación SICAVs - Beneficios Fiscales 
Las SICAVs otorgan las mismas ventajas fiscales que los fondos de inversión, dado que gozan del régimen de instituciones de inversión colectiva.
  • El tipo de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades es del 1%, a diferencia de las que no son calificadas como tales que tributan al régimen general. 
  • Exento del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos Documentados, en la constitución, aumento de capital y fusión y transformación en otro tipo de IIC. 
  • Exención del Impuesto sobre el Valor Añadido en los gastos de gestión y administración de la cartera de valores y de su custodia en la entidad depositaria. 
  • Especial atención a las instituciones domiciliadas en el País Vasco puesto que las mismas tributan al régimen general del Impuesto de Sociedades. 
Si se trata de una persona física, la ganancia obtenida por la venta de las acciones o por el reparto de dividendos tributará al tipo fijo del 21% los primeros 6.000 euros anuales, al 25% entre 6.001 y 24.000 euros y al 27% a partir de 24.001 euros. También, existe la posibilidad de traspasar acciones de SICAVs a otras IICs difiriendo la tributación y sin perder antigüedad. 
Por el contrario, si el accionista es una persona jurídica sujeta al Impuesto sobre Sociedades, las plusvalías obtenidas se integrarán en la base imponible del Impuesto de Sociedades. 

Legislación básica

  • Ley de Sociedades de Capital.
  • Ley 35/2003, de 4 de noviembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva.
  • Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva. 
Fuente: Rankia

martes, 16 de abril de 2013

Calendario fiscal Mayo 2013

Mayo es uno de los meses con más importancia fiscal, por ello, os dejamos el calendario fiscal del mes de Mayo 2013; un mes que da comienzo a las obligaciones fiscales en materia de IRPF e Impuesto de Sociedades. Como siempre os recomendamos, debemos de estar pendientes de cuáles son los periodos de presentación de los impuestos, cuándo finaliza de Declaración de la Renta o el IVA ... y realizar nuestras obligaciones en materia de impuestos a tiempo.

Calendario Fiscal

Este es el calendario fiscal oficial para el próximo mes de Mayo de 2013:

Desde el 6 de Mayo hasta el 1 de Julio de 2013

Todos los contribuyentes podrán presentar de forma presencial el borrador de la Declaración y la Declaración anual 2012 mediante el modelo D-100 en las entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la AEAT.
En el caso en que el resultado sea a ingresar con domicialición en cuenta, el contribuyente tendrá como fecha límite de entrega el 26 de Junio del 2013.

Con fecha límite el 20 de Mayo de 2013

Siguiendo con el calendario fiscal para Mayo 2013, las grandes empresas deberán presentar los modelos referidos al Impuesto de Renta y Sociedades (modelos 111 a 128), con fecha límite del 20 de Mayo de 2013.
Otra de las obligaciones fiscales de las empresas es la presentación de la autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) mediante el modelo 303, y la presentación de los modelos 322, 340, 349, 353 y 380 referidos al IVA.
Con fecha límite el 20 de Mayo de 2013, se tiene que presentar el modelo 430 referido al Impuesto sobre las primas de seguro y los impuestos especiales de fabricación; aplicando los modelos 510 – 580.

 

Campaña de la Declaración de la Renta 2012

Aunque desde el 2 de Abril y hasta el 1 de Julio, los contribuyentes pueden obtener el borrador de la Declaración de la Renta 2012 desde la web de la Agencia Tributaria. Mayo es el mes que da inicio a la campaña de la Declaración de la Renta 2012.
A partir del mes de Mayo, los contribuyentes podrán solicitar cita en las Oficinas de la Agencia Tributaria ayuda para confeccionar la Declaración de la Renta de 2012, así como presentarla en las propias oficinas de la AEAT. 
Además, desde el 6 de mayo hasta el 1 de Julio, los contribuyentes podrán presentar el borrador de la Declaración y la Declaración anual 2012 de forma presencial mediante el modelo D-100 en las entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la AEAT.
 

Modelos fiscales a tener en cuenta en Mayo de 2013

La fecha límite de entrega de los modelos fiscales para el mes de Mayo de 2013 son las siguientes:
  • Para el modelo D-100 referido a la Declaración Anual del IRPF: hasta el 1 de Julio.
  • Para los modelos 111 – 128 referidos al impuesto sobre la Renta y Sociedades: hasta el 20 de Mayo.
  • Para los modelos 303 – 380 referidos al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): hasta el 20 de Mayo.
  • Para el modelo 430 del Impuesto sobre las primas de seguros: hasta el 20 de Mayo.
  • Para los modelos 510 – 580 referidos a los impuestos especiales de fabricación: hasta el 20 de Mayo.
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